La Coctelera

Categoría: vivienda

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¿PUEDE UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD ACCEDER A UNA VIVIENDA DE PROTECCIÓN PÚBLICA SI YA TIENE UNA VIVIENDA SIN ADAPTAR?

SÍ, puede acceder a una vivienda de protección pública. Para ello, primero un equipo de la Junta de Comunidades valorará su vivienda habitual y determinará si está adaptada o no a las necesidades que la persona con discapacidad (movilidad reducida) requiere. Si el equipo considera que no está adaptada podrá solicitar una vivienda de protección pública.
Una vez que le sea adjudicada la vivienda de protección, la JCCM se quedará con su vivienda en propiedad y la venderá por el doble del valor catastral.
El hecho de que la JCCM venda su casa, se debe a que el interesado no puede tener el disfrute de las dos viviendas, una vez que le es otorgada una de protección pública según la normativa vigente. Puede encontrar toda la información en la Web de vivienda de Castilla-La Mancha
Para la población juvenil existe una Bolsa de Vivienda Joven en Castilla-La Mancha.
Por otra parte, existen nuevas ayudas para el alquiler de viviendas para jóvenes. Otras subvenciones sonla Renta Básica de Emancipación y el Complemento de alquiler a pensiones no cotributivas.
Existen otro tipo de ayudas para rehabilitar la viviendadel Ministerio de Vivienda o las ayudas para el fomento de la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas en Castilla-La Mancha, una convocatoria que se renueva anualmente.
Para cualquier información sobre vivienda puede encontrar el Directorio de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda.
Un teléfono que le puede ser útil sobre información de VIVIENDA del Ministerio: 900 900 707.

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Los beneficiarios de pensiones no contributiva y en alquiler recibiran 350 euros

El Consejo de Ministros aprobó en su reunión del pasado viernes un real decreto por el que se establecen las normas necesarias para el reconocimiento, tramitación y pago de un complemento anual para los ciudadanos que perciban una pensión no contributiva y que residan en una vivienda alquilada. Esta medida está incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007.
La cuantía de este complemento anual para el año 2007 ascenderá a 350 euros, que serán abonados íntegramente por el Gobierno de España.
Los requisitos para acceder a este nuevo complemento son los siguientes: tener reconocida una pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud; carecer de vivienda en propiedad; ser el arrendatario de la vivienda en la fecha de la solicitud; no tener relación de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada
y tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada.
Las solicitudes deben presentarse en las Comunidades Autónomas o Diputaciones Forales (o en la Dirección Territorial del Imserso en el caso de Ceuta y Melilla), que deberán resolver la solicitud en un plazo máximo de tres meses.
Fuente: SolidaridadDigital. 11/02/2007